La vinculación es el trámite mediante el cual un vehículo automotor de servicio público (placa blanca) es incorporado legalmente a la capacidad transportadora autorizada de una empresa de transporte debidamente habilitada por el Ministerio de Transporte.
A continuación, se detallan minuciosamente los documentos y validaciones requeridos para este proceso:
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, marcando la casilla de "Otros" y especificando en el campo correspondiente "Vinculación", sin tachones ni enmendaduras, con la firma y huella dactilar legible del propietario en la casilla correspondiente.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y huella dactilar legible del propietario en la sección de "mandante" y detallar en el tipo de trámite a realizar: "Vinculación".
Fotocopia de la Cédula del Propietario: Copia totalmente nítida y legible, preferiblemente ampliada al 150%.
Contrato de Vinculación: Documento original suscrito entre el propietario del vehículo y el representante legal de la empresa de transporte habilitada, debidamente firmado por ambas partes.
Certificado de Disponibilidad de Capacidad Transportadora: Constancia emitida por la empresa de transporte donde se certifique que cuentan con el cupo o la capacidad disponible para ingresar el automotor.
Cámara de Comercio de la Empresa: Certificado de existencia y representación legal de la empresa de transporte, con una vigencia no mayor a 30 días.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente una (1) impronta de chasis y una (1) impronta de motor pegadas en el formulario oficial (FUN) para verificar que el automotor físico coincida plenamente con los registros del sistema.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final sin riesgo de deterioro.
Para que el organismo de tránsito autorice la expedición de la tarjeta de operación, se deben presentar y validar las pólizas contractuales exigidas por ley para esta modalidad:
Póliza de Responsabilidad Civil Contractual (RCC): Seguro que cubre los daños o lesiones corporales a los pasajeros del vehículo.
Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE): Seguro que ampara los daños causados a terceros o bienes ajenos en la vía.
(Ambas pólizas deben estar vigentes y expedidas a nombre de la empresa de transporte que vincula el vehículo).
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma y figurar en estado activo.
Multas y Comparendos al Día: El propietario no puede registrar multas, fotomultas o comparendos pendientes de pago a nivel nacional (SIMIT).
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: Certificado de la Policía Nacional que demuestre que el propietario se encuentra a paz y salvo por multas de convivencia (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
Paz y Salvo de Derechos de Tránsito: Verificar que el vehículo esté completamente al día por concepto de derechos de tránsito, rodamiento o semaforización, liquidado y pagado directamente ante el organismo de tránsito correspondiente.
SOAT y Revisión Técnico-Mecánica Vigentes: Ambos documentos deben estar vigentes y correctamente cargados y reportados en la plataforma RUNT (bajo la modalidad de servicio público).
Los organismos de tránsito son sumamente rigurosos en la revisión de documentos. Para asegurar la aprobación del proceso, es indispensable cumplir estrictamente con lo siguiente:
Cero Tachones o Enmendaduras: Ninguno de los documentos (FUN, Contrato de Vinculación o Mandato) puede presentar de ninguna manera tachaduras, borrones, enmendaduras ni uso de corrector líquido. Cualquier intento de corrección visual anula el documento de inmediato.
Uniformidad Total en las Firmas: Si se firma con rúbrica en un formato, se debe firmar exactamente igual en el FUN, en el contrato y en el mandato. Si se opta por colocar el nombre completo en manuscrito, se debe mantener ese mismo criterio en la totalidad de los documentos; no se deben combinar estilos. La falta de coincidencia será motivo de devolución.
Exactitud en los Nombres (Sin Abreviar): Los nombres deben redactarse exactamente como aparecen en la cédula de ciudadanía. Si los documentos registran en un formato el nombre completo y en otro se escribe abreviado, el trámite tendrá una alta probabilidad de ser rechazado.
Huellas Perfectas: Las huellas dactilares deben ser nítidas, tomadas con una almohadilla de tinta adecuada, bien asentadas y sin manchas ni borrones que impidan su lectura técnica.
Actualmente existen entre 235 y 242 organismos de tránsito en Colombia. Cada uno de ellos goza de plena autonomía interna para establecer sus propias tarifas y criterios de documentación.
Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que se realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los formatos principales: el Contrato de Vinculación, el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que las partes opten por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Tenga en cuenta que una vez finalizada y aprobada la vinculación del vehículo ante el organismo de tránsito, se debe proceder inmediatamente con la radicación para la expedición de la Tarjeta de Operación, la cual es el único documento legal que autoriza al vehículo público a rodar y prestar el servicio en el territorio nacional.
Para mayor información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
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