Para legalizar la regrabación del serial de un vehículo en Colombia (ya sea por deterioro, colisión o pérdida de la plaqueta de identificación de la estructura), debes seguir un proceso estricto que involucra tanto a la DIJÍN de la Policía Nacional como al organismo de tránsito donde está matriculado el carro o moto.
El número que se regrabe será exactamente el mismo que aparece en la Licencia de Tránsito (tarjeta de propiedad). A continuación, te detallamos la ruta paso a paso y los requisitos obligatorios:
Antes de tocar el serial o fijar una nueva plaqueta, la Policía Judicial debe autorizar el procedimiento para constatar que el vehículo no tiene problemas legales.
Agendamiento: Debes solicitar una cita de "Revisión Técnica en Identificación de Automotores" en la plataforma oficial de la DIJÍN.
Revisión Previa: Los peritos verificarán el estado actual de la identificación estructural y emitirán una Certificación Técnica Previa que justifica la necesidad de realizar la regrabación o el reemplazo de la plaqueta.
Costo DIJÍN: El valor de la tasa de revisión equivale a 2 SMDLV (Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes), pago que se realiza de forma digital (PSE) al agendar.
Una vez que la DIJÍN autoriza la gestión en el examen previo, se procede a realizar físicamente el grabado del número o la fijación técnica del nuevo soporte serial (usualmente lo hace un taller autorizado o personal técnico según la delegación local).
Revisión Posterior: Con el serial corregido, debes volver a la DIJÍN para una segunda inspección. Ellos constatarán que el número coincida perfectamente y emitirán la Certificación Técnica Posterior.
Con las certificaciones de la DIJÍN en mano, te diriges a la Secretaría de Tránsito correspondiente para actualizar el Registro Nacional Automotor con los siguientes documentos:
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, marcando con una X la casilla de "REGRABAR SERIAL" (o la casilla correspondiente según el formato específico de la secretaría local), sin presentar tachones ni enmendaduras. Debe incluir la firma y la huella dactilar legible del propietario en la casilla correspondiente.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y la huella dactilar legible del propietario en la sección de "mandante", especificando explícitamente en el tipo de trámite: "REGRABAR SERIAL".
Certificaciones de la DIJÍN: Originales de las revisiones previa y posterior.
Fotocopia de la Cédula: Copia totalmente nítida y legible del documento de identidad del propietario del vehículo, preferiblemente ampliada al 150%.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente la toma de improntas de chasis y motor. Si el vehículo posee sistemas de identificación adicionales (como serial o plaqueta), también deberán anexarse.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final exigido por el organismo de tránsito sin riesgo de deterioro.
3. Verificaciones y Pagos en Plataformas (Paz y Salvos)
Paz y Salvo de Impuestos Vehiculares: El vehículo debe estar al día con los impuestos del año vigente. (Aplica para todos los carros, y para motocicletas con un cilindraje superior a 125 cc).
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito.
Multas y Comparendos al Día: El propietario del vehículo debe estar a paz y salvo en multas o fotomultas a nivel nacional en el sistema SIMIT.
SOAT y Revisión Técnico-Mecánica Vigentes: Ambos documentos deben estar vigentes y correctamente cargados y reportados en la plataforma RUNT.
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: El propietario del vehículo debe estar a paz y salvo con la Policía Nacional (sin multas pendientes del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
📢 Recomendación Especial: Autenticación Biométrica (Código QR) Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que el propietario del vehículo realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
💡 Tenga en cuenta: Actualmente en Colombia existen entre 235 y 242 organismos de tránsito, y cada uno de ellos cuenta con plena autonomía interna para establecer sus propios criterios de documentación y tarifas.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que el propietario opte por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Para más información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
Cel 3148452037 - 3137788000
Google: cbrtramitesyseguros
sites.google.com/view/cbrtramitesyseguros
Calle 25 # 16 – 18 (Parque Cafetero)
Armenia – Quindío