¿ Desea incluir a un familiar en su EPS que no hace parte de su grupo bàsico?
conozca la UPC adicional
En CBR Trámites y Seguros le ayudamos a proteger a quienes más quiere. Si desea afiliar a su EPS a un familiar que la ley no cubre de forma gratuita (como tíos, sobrinos, abuelos, hermanos o hijos mayores de 25 años que no estudian), puede hacerlo bajo la figura de UPC Adicional.
Aquí le explicamos de forma sencilla cómo funciona este servicio, cuánto cuesta y cómo realizar el pago para mantener su cobertura al día.
Es un valor mensual regulado por el Ministerio de Salud que permite a un cotizante principal registrar en su EPS a familiares que no entran en el núcleo familiar básico.
¿A quiénes puede afiliar bajo esta modalidad?
Hijos mayores de 25 años (que no se encuentren estudiando).
Hermanos, tíos y sobrinos.
Nietos o abuelos.
Cualquier familiar consanguíneo hasta el cuarto grado que dependa económicamente de usted.
El costo de la UPC Adicional no es fijo. Se determina estrictamente bajo tres criterios exigidos por la ley: la edad, el sexo y el municipio donde reside el beneficiario. El Ministerio de Salud actualiza estas tarifas anualmente.
Para las personas que residen en Armenia y la mayor parte del territorio nacional, los valores mensuales aproximados son los siguientes:
Niños de 1 a 4 años: $133.400 / mes
Jóvenes (5 a 14 años): $55.200 / mes
Adultos Jóvenes (19 a 44 años):
Hombres: $90.300 / mes
Mujeres: $164.800 / mes
Adultos Mayores (60 a 64 años): $321.200 / mes
Adultos Mayores (75 años en adelante): $598.300 / mes
📌 Nota importante: Si su beneficiario vive o se traslada a una ciudad principal (como Bogotá, Medellín o Cali), el valor de la tarifa mensual incrementará según la clasificación geográfica del sistema.
El proceso de recaudo es estrictamente digital y está unificado con sus aportes mensuales:
Pago exclusivo por PILA: Este dinero no se paga en las oficinas de la EPS ni por transferencias directas a estas entidades. Se debe liquidar obligatoriamente a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) mediante operadores autorizados (como SOI, Mi Planilla, Simple o Aportes en Línea).
Fecha de vencimiento: Se cancela de forma anticipada mes a mes, el mismo día en que usted realiza el pago de su propia seguridad social (según los últimos dígitos de su cédula o NIT).
Continuidad del servicio: El impago o retraso en la planilla generará la suspensión inmediata de los servicios de salud programados únicamente para ese beneficiario adicional, hasta que la planilla se encuentre al día.
No exponga la salud de su familia a suspensiones por errores en la planilla. En CBR Trámites y Seguros realizamos el cálculo exacto según el perfil de su beneficiario, gestionamos la novedad ante la EPS y liquidamos su planilla PILA de forma correcta y oportuna.
Recomendamos a todos nuestros usuarios que, si por cualquier circunstancia deciden dejar de cotizar como independientes, deben informarnos de inmediato para proceder a cancelar lo adeudado y radicar la respectiva novedad de retiro en el sistema.
Tenga en cuenta que las entidades de seguridad social y parafiscales no suelen realizar cobros de forma inmediata, sino que notifican las deudas años después, cuando los montos acumulados y los intereses de mora son sumamente altos. Como oficina gestora, no nos hacemos responsables por los costos o sanciones legales derivados de la omisión o retraso del usuario al reportar sus novedades de retiro.
💡 Beneficio Tributario: Tenga presente que, al realizar sus pagos como trabajador independiente, si usted es declarante de renta, todos estos aportes obligatorios realizados a la seguridad social le servirán como una deducción legal para disminuir el valor de sus impuestos.
Para más información
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
Cel 3148452037 - 3137788000
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