La rematrícula es el trámite mediante el cual se vuelve a inscribir un vehículo en el Registro Nacional Automotor cuando este ha sido previamente cancelado (por ejemplo, por hurto recuperado o por orden judicial).
A continuación, se detallan minuciosamente los documentos y validaciones requeridos para este proceso:
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, marcando el trámite de "Rematrícula", sin tachones ni enmendaduras, con la firma y huella dactilar legible del propietario en la casilla correspondiente.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y huella dactilar legible del propietario en la sección de "mandante".
Fotocopia de la Cédula del Propietario: Copia totalmente nítida y legible, preferiblemente ampliada al 150%.
Certificado de la Autoridad Competente: Si la cancelación previa fue por hurto, se debe presentar la orden judicial de entrega definitiva o el acta de entrega emitida por la Fiscalía General de la Nación, junto con el certificado de revisión técnica de la DIJIN o SIJIN que valide su plena identificación.
Decisión Judicial o Administrativa: Documento original (sentencia o resolución) que ordene de forma expresa al organismo de tránsito proceder con la rematrícula del automotor.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente una (1) impronta de chasis y una (1) impronta de motor. Si el vehículo cuenta con sistemas de identificación adicionales (como serial, plaquetas, etc.), estas también deben anexarse.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final exigido por el organismo de tránsito sin riesgo de deterioro.
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito y figurar en estado activo.
Multas y Comparendos al Día: El propietario no puede registrar multas, fotomultas o comparendos pendientes de pago a nivel nacional (SIMIT).
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: Certificado de la Policía Nacional que demuestre que el propietario se encuentra a paz y salvo por multas de convivencia (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
SOAT Vigente: Debe adquirirse un nuevo seguro obligatorio, el cual debe estar cargado y reportado correctamente en la plataforma RUNT.
Paz y Salvo de Impuestos Vehiculares: El vehículo debe encontrarse completamente al día con sus obligaciones tributarias acumuladas o correspondientes ante la Gobernación respectiva.
Los organismos de tránsito son sumamente rigurosos en la revisión de documentos. Para asegurar la aprobación del proceso, es indispensable cumplir con lo siguiente:
Cero Tachones o Enmendaduras: Ninguno de los documentos (FUN o Mandato) puede presentar de ninguna manera tachaduras, borrones, enmendaduras ni uso de corrector líquido. Cualquier intento de corrección visual anula el documento de inmediato.
Uniformidad Total en las Firmas: Si se firma con rúbrica en un formato, se debe firmar exactamente igual en el FUN y en el mandato. Si se opta por colocar el nombre completo en manuscrito, se debe mantener ese mismo criterio en la totalidad de los documentos; no se deben combinar estilos. La falta de coincidencia será motivo de devolución.
Exactitud en los Nombres (Sin Abreviar): Los nombres deben redactarse exactamente como aparecen en la cédula de ciudadanía. Si los documentos registran en un formato el nombre completo y en otro se escribe abreviado, el trámite tendrá una alta probabilidad de ser rechazado.
Huellas Perfectas: Las huellas dactilares deben ser nítidas, tomadas con una almohadilla de tinta adecuada, bien asentadas y sin manchas ni borrones que impidan su lectura técnica.
Actualmente existen entre 235 y 242 organismos de tránsito en Colombia. Cada uno de ellos goza de plena autonomía interna para establecer sus propias tarifas y criterios de documentación.
Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que se realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que las partes opten por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Al igual que ocurre en los procesos de cancelación, una vez radicada y aprobada la rematrícula ante el organismo de tránsito, se le debe informar formalmente mediante una carta a la gobernación a la que pertenezca el vehículo. Esto es indispensable para que actualicen sus bases de datos internas, reactiven la hoja de vida del automotor en su sistema fiscal y se reanude correctamente la liquidación del impuesto vehicular año tras año, evitando cobros erróneos o sanciones extemporáneas.
Para mayor información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
Cel 3148452037 - 3137788000
Google: cbrtramitesyseguros
sites.google.com/view/cbrtramitesyseguros
Calle 25 # 16 – 18 (Parque Cafetero)
Armenia – Quindío