La radicación de cuenta es la segunda fase del proceso de traslado. Se realiza ante el organismo de tránsito de destino (la nueva ciudad o municipio) para ingresar formalmente el expediente físico del vehículo, asignarle su nueva carpeta y expedir la nueva licencia de tránsito (tarjeta de propiedad).
A continuación, se detallan minuciosamente los documentos y validaciones requeridos para este proceso:
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, marcando la casilla de "Radicación de cuenta", sin tachones ni enmendaduras, con la firma y huella dactilar legible del propietario en la casilla correspondiente.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y huella dactilar legible del propietario en la sección de "mandante" y especificar en el tipo de trámite: "Radicación de cuenta".
Fotocopia de la Cédula del Propietario: Copia totalmente nítida y legible, preferiblemente ampliada al 150%.
Carpeta o Guía del Traslado Aprobado: Se debe presentar el documento de guía de envío, la resolución de la aprobación del traslado o el paquete físico de los documentos (según el método de manejo del organismo de origen) que certifique que la cuenta ya fue debidamente enviada y liberada por el tránsito anterior.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente una (1) impronta de chasis y una (1) impronta de motor pegadas en el formulario oficial para verificar que el vehículo físico coincida exactamente con la documentación de la carpeta que llegó.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final sin riesgo de deterioro.
Acreditación en el RUNT: El estado del trámite en la plataforma RUNT debe figurar como "Traslado aprobado" o estar disponible para la radicación por parte del organismo de destino.
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma y figurar en estado activo.
Multas y Comparendos al Día: El propietario no puede registrar multas, fotomultas o comparendos pendientes de pago a nivel nacional (SIMIT).
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: Certificado de la Policía Nacional que demuestre que el propietario se encuentra a paz y salvo por multas de convivencia (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
SOAT y Revisión Técnico-Mecánica Vigentes: Ambos documentos deben estar vigentes y correctamente cargados y reportados en la plataforma RUNT.
Los organismos de tránsito son sumamente rigurosos en la revisión de documentos. Para asegurar la aprobación del proceso, es indispensable cumplir estrictamente con lo siguiente:
Cero Tachones o Enmendaduras: Ninguno de los documentos (FUN o Mandato) puede presentar de ninguna manera tachaduras, borrones, enmendaduras ni uso de corrector líquido. Cualquier intento de corrección visual anula el documento de inmediato.
Uniformidad Total en las Firmas: Si se firma con rúbrica en un formato, se debe firmar exactamente igual en el FUN y en el mandato. Si se opta por colocar el nombre completo en manuscrito, se debe mantener ese mismo criterio en la totalidad de los documentos. La falta de coincidencia será motivo de devolución.
Exactitud en los Nombres (Sin Abreviar): Los nombres deben redactarse exactamente como aparecen en la cédula de ciudadanía. Si los documentos registran en un formato el nombre completo y en otro se escribe abreviado, el trámite tendrá una alta probabilidad de ser rechazado.
Huellas Perfectas: Las huellas dactilares deben ser nítidas, tomadas con una almohadilla de tinta adecuada, bien asentadas y sin manchas ni borrones que impidan su lectura técnica.
Actualmente existen entre 235 y 242 organismos de tránsito en Colombia. Cada uno de ellos goza de plena autonomía interna para establecer sus propias tarifas y criterios de documentación.
Dueño de que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que se realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que las partes opten por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Tenga muy presente que se paga por trasladar y se paga por radicar. Todo este proceso conjunto no puede tardar más de 60 días, ya que después de ese periodo legal se corre el altísimo riesgo de que la carpeta física o digital se extravíe y, por normatividad, ni el organismo de origen ni el de destino se harán responsables.
Por consiguiente, el propietario debe estar muy pendiente de radicar a tiempo; si se vencen los términos legales y el trámite entra en abandono, nuestra empresa CBR Trámites y Seguros no se hará responsable de las consecuencias administrativas, costos adicionales o pérdidas de documentos derivadas de dicha demora.
Nota: Después de 15 a 20 días, se debe acercar al organismo de tránsito con las placas y la tarjeta de propiedad viejas para que le sean entregadas las nuevas placas y la nueva tarjeta de propiedad.
Para más información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
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