(Aplica para Vehículos Públicos, Particulares y Oficiales)
Este trámite corresponde al procedimiento físico y mecánico mediante el cual un vehículo automotor es modificado con el fin de cumplir una función diferente o mejorar su funcionamiento, higiene o seguridad.
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, marcando la casilla de "Cambio de características", sin tachones ni enmendaduras. Debe incluir la firma y la huella dactilar legible del propietario en la casilla correspondiente.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y la huella dactilar legible del propietario en la sección de "mandante", especificando en el tipo de trámite: "Cambio de características".
Fotocopia de la Cédula: Copia totalmente nítida y legible del propietario, preferiblemente ampliada al 150%.
Dependiendo del tipo de cambio específico que se vaya a realizar en el vehículo, se debe adjuntar obligatoriamente el documento legal que lo certifique:
Cambio de Motor o Carrocería: Factura original de compra o contrato de compraventa que demuestre la procedencia legal del nuevo componente. Si aplica por el tipo de vehículo, también se debe anexar la ficha técnica de homologación.
Conversión a Gas (GNV): Certificado de instalación original vigente, emitido por un taller debidamente autorizado por el Ministerio de Minas y Energía.
Blindaje o Desmonte de Blindaje: Resolución de autorización previa expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, junto con la certificación de la empresa blindadora registrada que realizó el trabajo técnico.
Cambio de Color: No requiere facturas de pintura ni de talleres; basta con declarar de forma expresa el nuevo color predominante del vehículo en la casilla correspondiente del formulario de solicitud.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente la toma de improntas de chasis y motor. Si el vehículo posee sistemas de identificación adicionales (como serial o plaqueta), también deberán anexarse.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final exigido por el organismo de tránsito sin riesgo de deterioro.
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente y en estado "Activo" en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito.
Multas y Comparendos al Día: El propietario del vehículo debe estar a paz y salvo por concepto de multas o fotomultas a nivel nacional en el sistema SIMIT.
SOAT y Revisión Técnico-Mecánica Vigentes: Ambos documentos deben estar vigentes y correctamente cargados y reportados en la plataforma RUNT.
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: Certificado que demuestre que el propietario del vehículo se encuentra a paz y salvo con la Policía Nacional (sin multas pendientes en el Registro Nacional de Medidas Correctivas).
📢 Recomendación Especial: Autenticación Biométrica (Código QR)
Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que el propietario del vehículo realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
💡 Tenga en cuenta: Actualmente en Colombia existen entre 235 y 242 organismos de tránsito, y cada uno de ellos cuenta con plena autonomía interna para establecer sus propios criterios de documentación y tarifas.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que el propietario opte por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Para más información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
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