Para realizar la Cancelación de Matrícula por Exportación Definitiva (cuando el vehículo se saca permanentemente de Colombia), el Organismo de Tránsito exige los mismos requisitos base que usted maneja de forma obligatoria para cualquier trámite, sumados a los soportes específicos de la salida del país.
A continuación, tiene la estructura documental obligatoria ajustada con sus parámetros técnicos y comerciales:
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, marcando con una X la casilla de "CANCELACIÓN DE MATRÍCULA", sin presentar tachones ni enmendaduras. Debe incluir la firma y la huella dactilar legible del propietario en la casilla correspondiente.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y la huella dactilar legible del propietario en la sección de "mandante", especificando explícitamente en el tipo de trámite: "CANCELACIÓN DE MATRÍCULA POR EXPORTACIÓN".
Fotocopia de la Cédula: Copia totalmente nítida y legible del documento de identidad del propietario del vehículo, preferiblemente ampliada al 150%.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente la toma de improntas de chasis y motor. Si el vehículo posee sistemas de identificación adicionales (como serial o plaqueta), también deberán anexarse.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final exigido por el organismo de tránsito sin riesgo de deterioro.
Para sustentar que el vehículo salió del territorio colombiano de forma definitiva, se deben anexar los siguientes soportes aduaneros:
Declaración de Exportación (DEX): Documento original o copia auténtica expedida por la DIAN, donde conste la salida definitiva del vehículo del país.
Documento de Embarque: (Conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, según el medio de transporte en el que se haya enviado).
Revisión Técnica: Certificado de revisión de la DIJIN (aprobado y cargado directamente en el sistema RUNT)
Entrega de Placas y Licencia: Se deben entregar físicamente las dos placas y la tarjeta de propiedad (licencia de tránsito) original ante el organismo de tránsito.
Nota: Si se perdieron o quedaron en el país de destino, el propietario debe adjuntar la denuncia por pérdida firmada o hacer una carta explicando el motivo de la no entrega de las placas y tarjetas originales.
Paz y Salvo de Impuestos Vehiculares: El vehículo debe estar totalmente al día con los impuestos del año vigente.
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito y en estado activo.
Multas y Comparendos al Día: El propietario del vehículo debe estar a paz y salvo en multas o fotomultas a nivel nacional en el sistema SIMIT.
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: El propietario debe estar a paz y salvo con la Policía Nacional (sin multas pendientes del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
SOAT: Debe estar vigente en la plataforma RUNT al momento de la radicación del trámite.
📢 Recomendación Especial: Autenticación Biométrica (Código QR) Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que el propietario del vehículo realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
💡 Tenga en cuenta: Actualmente en Colombia existen entre 235 y 242 organismos de tránsito, y cada uno de ellos cuenta con plena autonomía interna para establecer sus propios criterios de documentación y tarifas.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que el propietario opte por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Para mayor información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
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