¿Puedo afiliarme SOLO A CCF como independiente?
Sí, es posible gestionar la afiliación únicamente a la Caja de Compensación Familiar (CCF). Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que, por normatividad legal en Colombia, los aportes a la CCF generalmente deben ir acompañados de Salud y Pensión. Esta alternativa de "Solo CCF" para independientes se maneja bajo las siguientes condiciones:
1. Condiciones del Servicio y Responsabilidad:
Gestión: Nos encargamos exclusivamente de radicar y tramitar dicha afiliación.
Responsabilidad: El pago oportuno de las planillas, el sostenimiento de la afiliación y cualquier proceso de fiscalización por parte del sistema (como la UGPP) serán 100 % responsabilidad del solicitante.
2. Documentación requerida (en formato PDF y legible):
Fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150 %.
(Basadas en el SMMLV - Salario Mínimo Mensual Legal Vigente)
Categoría A: Trabajadores con ingresos hasta 2 SMMLV.
Categoría B: Trabajadores con ingresos entre 2 y 4 SMMLV.
Categoría C: Trabajadores con ingresos superiores a 4 SMMLV.
Nota importante sobre los aportes como independiente:
Cotización al 0.6%: Incluye los beneficios básicos de recreación, deportes, turismo, capacitación y cultura.
Cotización al 2.0%: Además de los beneficios básicos, otorga el derecho a postularse al subsidio de vivienda, acceso al colegio de Comfenalco y a cursos técnicos especializados.
Como independiente, el ingreso base mínimo por ley lo ubica inicialmente en la Categoría B, y esta puede variar dependiendo del salario sobre el cual decida cotizar.
Puedes afiliar a tus familiares para que disfruten de todos los servicios, convenios y tarifas de la Caja.
👥 Cónyuge o Compañero(a) Permanente
Fotocopia de la cédula del cónyuge / compañero(a).
Registro Civil de Matrimonio o Declaración Juramentada / Formato de Convivencia Vigente.
👶 Hijos e Hijastros (Hasta los 18 años)
Registro Civil de Nacimiento del hijo (para comprobar parentesco).
Fotocopia de la Tarjeta de Identidad (a partir de los 7 años).
Certificado de escolaridad / estudio vigente (a partir de los 12 años).
👵👴 Padres (Mayores de 60 años o con discapacidad)
Fotocopia de la cédula de los padres.
Registro Civil de Nacimiento del trabajador (para demostrar el parentesco).
Declaración Juramentada de dependencia económica (donde conste que dependen económicamente del trabajador y no reciben pensión ni renta).
👦👧 Hermanos Huérfanos de Padre y Madre (Hasta los 18 años)
Registro Civil de Nacimiento del trabajador y del hermano.
Registro Civil de Defunción de ambos padres.
Certificado de escolaridad (a partir de los 12 años).
Para el registro de hijos, padres o hermanos con discapacidad (sin límite de edad):
Certificado o constancia de discapacidad emitida por la EPS o entidad competente, adicional a los documentos de parentesco correspondientes.
⚠️ Aviso para Trabajadores Independientes:
De acuerdo con la normativa legal vigente (Ley 21 de 1982 y Ley 789 de 2002), los trabajadores independientes no tienen derecho al cobro de Subsidio Monetario (cuota mensual en dinero) ni para ellos ni para sus beneficiarios (hijos, padres o hermanos), sin importar si aportan el 0.6% o el 2% sobre su ingreso base de cotización.
📁 Instrucciones de entrega: Toda la documentación de los beneficiarios deberá ser entregada en un solo paquete o consolidada en un único archivo PDF lo más legible posible. Si la documentación presenta enmendaduras o no es clara, las entidades rechazarán el proceso automáticamente.
El trámite de afiliación como independiente a la CCF tiene un valor de $40.000 (Tarifa 2026) y la entrega del certificado tarda de 3 a 4 días hábiles.
Recomendamos a todos nuestros usuarios que, si por cualquier circunstancia deciden dejar de cotizar como independientes, deben informarnos de inmediato para proceder a cancelar lo adeudado y radicar la respectiva novedad de retiro en el sistema.
Tenga en cuenta que las entidades de seguridad social y parafiscales no suelen realizar cobros de forma inmediata, sino que notifican las deudas años después, cuando los montos acumulados y los intereses de mora son sumamente altos. Como oficina gestora, no nos hacemos responsables por los costos o sanciones legales derivados de la omisión o retraso del usuario al reportar sus novedades de retiro.
💡 Beneficio Tributario: Tenga presente que, al realizar sus pagos como trabajador independiente, si usted es declarante de renta, todos estos aportes obligatorios realizados a la seguridad social le servirán como una deducción legal para disminuir el valor de sus impuestos.
Para más información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
Cel 3148452037 - 3137788000
Google: cbrtramitesyseguros
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Calle 25 # 16 – 18 (Parque Cafetero)
Armenia – Quindío