Declaración Extrajuicio (Notarial): Certificación juramentada emitida y expedida por una Notaría Pública, donde el solicitante manifieste formalmente que actúa en calidad de poseedor material del vehículo por un tiempo mínimo de tres (3) años continuos.
Carta de Solicitud de Revocatoria: Oficio formal dirigido al organismo de tránsito competente, en el cual el poseedor actual solicita de manera expresa revocar el trámite de traspaso a persona indeterminada, sustentando su derecho al tener la posesión real y efectiva del vehículo.
⚠️ Alerta Importante: Evite Devoluciones por Criterio del Organismo de Tránsito Por favor, tenga presente que algunos organismos de tránsito exigen que el encabezado o el cuerpo de la carta de solicitud se redacte bajo un título específico, exigiendo ya sea un "Traspaso a favor del interesado" o una "Revocatoria de traspaso a persona indeterminada".
Debido a que esta diferencia en la terminología puede ser un motivo directo de devolución del trámite, le recomendamos encarecidamente que, antes de enviar o firmar cualquier documento, nos confirme a qué organismo de tránsito pertenece su vehículo. De esta manera, estructuraremos la documentación con los criterios exactos de esa oficina para ir completamente a la fija.
Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, sin tachones ni enmendaduras, con la firma y huella dactilar legible del poseedor del vehículo en la casilla del comprador.
Contrato de Mandato: Es el documento que autoriza a nuestra empresa a realizar el trámite en su representación. Debe ir firmado y con huella en la sección "mandante vendedor", ya que nosotros actuamos como el mandatario (tramitador).
Fotocopia de la Cédula del Poseedor: Copia totalmente nítida y legible del documento de identidad del solicitante, preferiblemente ampliada al 150%.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente la toma de improntas de chasis y motor. Si el vehículo posee sistemas de identificación adicionales (como serial o plaqueta), también deberán anexarse.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final exigido por el organismo de tránsito sin riesgo de deterioro.
Paz y Salvo de Impuestos Vehiculares: En caso de que el vehículo esté sujeto al pago de impuestos (todos los carros, y motocicletas con cilindraje igual o superior a 125 cc), debe encontrarse completamente al día con sus obligaciones tributarias para poder generar el paz y salvo correspondiente.
Inscripción en el RUNT: El poseedor del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y figurar en estado activo.
Multas y Comparendos al Día: El poseedor del vehículo no puede registrar multas, fotomultas o comparendos pendientes de pago a nivel nacional (SIMIT).
SOAT y Revisión Técnico-Mecánica Vigentes: Ambos documentos deben estar vigentes y correctamente cargados y reportados en la plataforma RUNT.
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: El poseedor del vehículo debe estar a paz y salvo con la Policía Nacional (sin multas pendientes del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, comúnmente llamadas multas de convivencia).
💡 Tenga en cuenta: Actualmente en Colombia existen entre 235 y 242 organismos de tránsito, y cada uno cuenta con plena autonomía interna para establecer sus propios criterios de documentación, tarifas y tiempos de expedición. Por esta razón, el tiempo de entrega y el costo del trámite dependen netamente del trànsito donde esté matriculado el automotor.
Dueño de que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que el poseedor realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que el poseedor opte por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Para màs informaciòn
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
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