Para cambiar el estado de una persona de "Activo" a "Fallecido" en la plataforma del RUNT en Colombia, se debe realizar un trámite de actualización por fallecimiento ante un organismo de tránsito.
Los requisitos indispensables para radicar este trámite son los siguientes:
Registro Civil de Defunción: Copia auténtica del registro civil de defunción expedido por la Registraduría Nacional o una Notaría. Este es el documento soporte principal que acredita legalmente el fallecimiento.
Cédula de la persona fallecida: Copia de la cédula de ciudadanía del ciudadano difunto (en caso de no tenerla, la Registraduría suele expedir la constancia de cancelación de la cédula por muerte).
Documento de identidad de quien realiza el trámite: Cédula de ciudadanía original del familiar, heredero o apoderado que radica la solicitud.
Formulario de solicitud, carta de petición o poder: Dependiendo del organismo de tránsito, se debe diligenciar el formato interno de actualización de datos del RUNT o radicar una carta formal (petición) solicitando la novedad del estado por fallecimiento, adjuntando los soportes.
Contrato de Mandato: Documento que autoriza a nuestra empresa a realizar la gestión. Debe incluir la firma y huella dactilar legible del apoderado en la sección de "mandante" y especificar en el tipo de trámite: cambio de estado de activo a fallecido. La persona que autoriza la gestión debe demostrar el interés legítimo (como el registro civil de nacimiento o matrimonio que compruebe el parentesco del mandante con el fallecido).
📢 Recomendación Especial: Autenticación Biométrica (Código QR)
Actualmente existen entre 235 y 242 organismos de tránsito en Colombia. Cada uno de ellos goza de plena autonomía interna para establecer sus propias tarifas y criterios de documentación.
Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que el propietario del vehículo realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: El Contrato de Mandato o del Formulario de solicitud, carta de petición o poder (segùn sea el documento aportado)
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que el propietario opte por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Este cambio de estado es un paso obligatorio y previo cuando se necesita realizar el Traspaso por Sucesión de los vehículos que estaban a nombre de la persona fallecida, ya que el sistema del RUNT debe bloquear la firma del propietario original y permitir que se cargue la sentencia judicial o la escritura pública de la sucesión de los herederos.
Para realizar exclusivamente el cambio de estado de "Activo" a "Fallecido" en el RUNT, el fallecido SÍ puede tener multas. No es obligatorio que esté al día en el SIMIT para registrar la novedad de su muerte en la plataforma.
El sistema permite procesar esta actualización porque se trata de un registro meramente administrativo e informativo que busca reportar la pérdida de la capacidad legal de la persona y bloquear su firma en el sistema, lo cual no constituye una transacción comercial directa.
Sin embargo, debe tener muy en cuenta lo siguiente para el paso que sigue:
El verdadero problema viene con el Traspaso por Sucesión: Aunque el RUNT acepte el cambio a "Fallecido", en el momento en que los herederos vayan a realizar el traspaso del carro o la moto a su nombre, el organismo de tránsito sí exigirá que el vehículo esté a paz y salvo por concepto de comparendos e infracciones.
¿Qué pasa con las multas del fallecido? Legalmente en Colombia, las multas de tránsito son de carácter personal y se extinguen con la muerte del infractor. Los herederos no tienen que pagar de su bolsillo los comparendos que dejó el difunto.
¿Cómo se solucionan esas multas para poder hacer el traspaso? Para poder radicar la sucesión del vehículo sin trabas, un heredero o el apoderado debe presentar ante la Secretaría de Tránsito correspondiente el Registro Civil de Defunción junto con una solicitud formal (Derecho de Petición) para pedir la caducidad y el borrado de las multas por fallecimiento del contraventor. Una vez el tránsito las elimine del sistema SIMIT, el vehículo quedará libre para el traspaso.
Para más información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
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