Formulario Único Nacional (FUN): Debe estar completamente diligenciado, sin tachones ni enmendaduras, con la firma y huella de la persona que figura en la tarjeta de propiedad como propietario actual.
Contrato de Mandato: Es el documento oficial que autoriza a nuestra empresa a realizar el trámite en su representación. Debe ir firmado y con huella legible de la persona que aparece como propietario en la tarjeta de propiedad.
📝 Nota: Por favor, en el FUN marque la casilla "levante de prenda de prenda" con una X, y en el mandato, en la sección de "Trámites a realizar", coloque "levantamiento de prenda". Entre más clara esté la información, mejor para evitar errores.
Fotocopia de la Cédula: Copia totalmente nítida y legible del propietario, preferiblemente ampliada al 150%.
Improntas del Vehículo: Se requiere obligatoriamente la toma de improntas de chasis y motor. Si el vehículo posee sistemas de identificación adicionales (como serial o plaqueta), también deberán anexarse.
🛠️ Indicación técnica obligatoria: Por favor, tome las improntas en una cinta adecuada y adhiéralas sobre una bolsa plástica gruesa. Bajo ninguna circunstancia deben pegarse directamente sobre papel, ya que al momento de transferirlas a los formularios oficiales se pueden romper o dañar. El uso de un soporte plástico garantiza que las improntas sean fáciles de pegar y despegar, permitiendo su correcta ubicación en el formato final exigido por el organismo de tránsito sin riesgo de deterioro.
Si el vehículo cuenta con una prenda vigente que deba ser levantada para el traspaso, aplican los requisitos generales más las siguientes adiciones:
Caso A1: Prenda con Entidad Financiera (Banco o Financiera)
Vía Documentación Física: Carta de autorización de levantamiento de prenda emitida por la entidad bancaria (vigencia no mayor a 30 días) junto con el certificado de existencia y representación legal (Cámara de Comercio) del banco, también con vigencia no mayor a 30 días.
Vía Garantías a Favor (RUNT): Si el levantamiento de la prenda ya se encuentra registrado y autorizado ante Confecámaras, no será necesario anexar documentos físicos para este trámite. Para verificar este estado, debe seguir estos pasos:
Ingrese al siguiente enlace oficial: Consulta de Vehículos - RUNT.
Diríjase a la sección inferior del reporte, específicamente en el apartado "Garantías a favor de".
Verifique que aparezca el NIT de la entidad, el nombre del banco acreedor y la fecha de inscripción.
Confirme el estado en el campo denominado "Confecámaras".
Si el sistema indica "SÍ" en la casilla de Confecámaras, el proceso se simplifica de inmediato y se exime la presentación de soportes físicos para el levantamiento de la prenda. En este escenario, únicamente se requerirá que relacione de forma explícita dicho trámite (ya sea inscripción o levantamiento de prenda) tanto en el Formulario Único Nacional (FUN) como en el Contrato de Mandato.
Caso A2: Prenda con Persona Natural
Se requiere el documento de autorización de levantamiento de prenda firmado y debidamente autenticado ante Notaría por el acreedor, acompañado de la fotocopia legible de su cédula de ciudadanía.
Paz y Salvo de Impuestos Vehiculares: El vehículo debe estar al día con los impuestos del año vigente. (Aplica para todos los carros, y para motocicletas con un cilindraje superior a 125 cc).
Inscripción en el RUNT: El propietario del vehículo debe estar registrado previamente en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito.
Multas y Comparendos al Día: El propietario del vehículo debe estar a paz y salvo en multas o fotomultas a nivel nacional en el sistema SIMIT.
SOAT y Revisión Técnico-Mecánica Vigentes: Ambos documentos deben estar vigentes y correctamente cargados y reportados en la plataforma RUNT.
Paz y Salvo de Medidas Correctivas: El propietario del vehículo debe estar a paz y salvo con la Policía Nacional (sin multas pendientes del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
Debido a que la gran mayoría de las oficinas de tránsito del país exigen el reconocimiento formal de los documentos, nuestra recomendación directa es que el propietario del vehículo realice la autenticación biométrica (la cual genera el código QR oficial) de los dos formatos principales: el Formulario Único Nacional (FUN) y el Contrato de Mandato.
💡 Tenga en cuenta: Actualmente en Colombia existen entre 235 y 242 organismos de tránsito, y cada uno cuenta con plena autonomía interna para establecer sus propios criterios de documentación, tarifas y tiempos de expedición. Por esta razón, el tiempo de entrega y el costo del trámite dependen netamente del trànsito donde esté matriculado el automotor.
⚠️ Exención de responsabilidad: En caso de que el propietario opte por presentar los documentos sin la respectiva autenticación notarial o biométrica, la aceptación del trámite quedará sujeta enteramente al criterio del organismo de tránsito o del funcionario de turno. Bajo esta circunstancia, CBR Trámites y Seguros no se hará responsable por las demoras, devoluciones o rechazos que se deriven de la falta de autenticación, así como tampoco asumirá los costos de envíos o fletes generados por dichas correcciones.
Para más información:
CBR Trámites y Seguros
Cindy Betancur Ruiz
Cel 3148452037 - 3137788000
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